Intentan proscribir a Roberto Sánchez de las elecciones en Perú
Mariana Álvarez Orellana
La fiscalía de Perú pidió cinco años y cuatro meses de cárcel contra el candidato presidencial nacionalista, Roberto Sánchez, de Juntos por el Perú, para evitar un triunfo suyo en las elecciones presidenciales frente a la ultraderechista Keiko Fujomiri, bajo el pretexto del presunto delito de declarar ante autoridades comiciales información falsa sobre aportaciones monetarias de sus partidarios entre 2018 y 2020.
A tres días de que se cumpla el plazo que establecieron funcionarios electorales para anunciar quiénes serán los dos candidatos que disputarán la segunda vuelta presidencial –programada para el 7 de junio–, el fiscal general Tomás Gálvez indicó en conferencia de prensa que Sánchez es beneficiado por la presunción de inocencia, pero que esta condición cambiará si es condenado en un juicio: puede continuar desarrollando sus actividades políticas y su campaña electoral con normalidad mientras el proceso judicial permanezca en trámite, debido a que aún se encuentra amparado por el principio de presunción de inocencia.
El organismo pidió también la «inhabilitación definitiva» de Sánchez como presidente de la formación política, al acusarlo de la comisión de dos delitos: «falsa declaración en procedimiento» administrativo y falsedad documental. El abogado de Sánchez, Carlos García Asenjo, rechazó las acusaciones contra su defendido, alegando que no es competencia de Sánchez los informes financieros de la formación, que son elaborados por el tesorero. «El Ministerio Público está confundiendo quién es el verdadero transmisor de la información económica del partido. Quien envía la información económica o quien es el responsable de elaborar e informar sobre las cuentas es el tesorero», señaló.
Según la tesis fiscal, las presuntas irregularidades habrían ocurrido durante la presentación de reportes financieros relacionados con los aportes económicos recibidos por la agrupación política. La defensa del candidato, sin embargo, sostiene que las responsabilidades penales no alcanzan directamente a Sánchez.
“Él hace su vida normal, sigue como candidato, continúa su actividad política sin ningún problema; ahora, si concluyera el juicio y lo condenan, ahí sí ya es otra cosa”, señaló Gálvez de forma escueta en referencia al candidato Sánchez del partido Juntos por el Perú, del depuesto presidente Pedro Castillo. “Si lo condenan a inhabilitación podría tener problemas para participar en la segunda vuelta o, en todo caso, para juramentar”, dijo al referirse a las posibles consecuencias legales que enfrentaría Sánchez en caso el Poder Judicial emita una sentencia condenatoria antes de culminar el proceso electoral.
El caso fue expuesto el último domingo en el programa Cuarto poder y se han venido conociendo más detalles en los últimos días. Todo apunta a un aprovechamiento de los puestos políticos que ostentaban el ahora candidato Roberto Sánchez y su hermano con fondos que recibieron de los afiliados que pretendían participar en las elecciones de 2018 y 2020 terminaron en cuentas privadas que no eran del partido.
Tras el escándalo de irregularidades en el recuento eleccionario, con el con el 99,63% del voto escrutado, la tendencia es irreversible y todo indica que Sánchez disputará la Presidencia a Keiko Fujimori el próximo 7 de junio, tras obtener el 12% y superar al tercero, el derechista Rafael López Aliaga, por 14.000 votos.
Juntos por el Perú fue fundado en 2017 como una coalición de partidos de izquierda. La acusación fiscal presuntamente encontró inconsistencias en los informes financieros de la agrupación entre 2018 y 2020, cuando se realizaron comicios regionales, municipales y legislativos en los que participó. Según los argumentos fiscales, Sánchez y su hermano menor William habrían recibido más de 59 mil dólares en aportes de los integrantes de la agrupación para actividades partidarias, pero no fueron declarados en informes financieros.
La defensa de Sánchez negó las acusaciones de la fiscalía, al indicar a la radio local RPP que la responsabilidad que le atribuye la fiscalía no alcanza a su patrocinado porque los informes financieros de un partido político son elaborados por el tesorero de la agrupación.
Lesa humanidad e impunidad
Mientras, la Comisión de Constitución del Congreso de Perú aprobó en primera instancia el Proyecto de Ley N° 14337, iniciativa que busca acotar la definición de delitos de lesa humanidad y que, según organismos de derechos humanos, promueve la impunidad.
La propuesta, impulsada por el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, obtuvo 16 votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones. El dictamen establece la creación de un nuevo título en el Código Penal para regular estos crímenes, determinando que actos como el asesinato, la tortura o la desaparición forzada solo serán considerados de lesa humanidad si se demuestra que formaron parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil.
De no cumplirse estos criterios, los hechos serán procesados bajo la normativa ordinaria como delitos comunes. El texto plantea que la norma se aplique a procesos judiciales en trámite y a casos con sentencia en revisión o nulidad. Reafirma que el Estatuto de Roma entró en vigencia en Perú el 1 de julio de 2002, por lo que hechos anteriores a esa fecha no podrían ser juzgados bajo esta tipificación.
La parlamentaria Ruth Luque denunció que el proyecto responde a una «agenda de impunidad» elaborada por asesores de Rospigliosi, sin ser consultada con el Ministerio de Justicia ni la Comisión de Justicia. Luque advirtió que la norma busca impedir que investigados y sentenciados por crímenes graves respondan ante los tribunales, ignorando las obligaciones internacionales suscritas por el Estado peruano.
Luque señaló que el dictamen es promovido por el fujimorismo y restringe los supuestos de aplicación del Estatuto de Roma. Acotó que el objetivo real es extender la impunidad a nuevos casos de violaciones a derechos humanos, como los registrados durante el Gobierno de Dina Boluarte (2022-2025). Por su parte, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) aseveró que la medida distorsiona los estándares internacionales y debilita las garantías de verdad y reparación para las víctimas del conflicto armado interno (1980–2000).
El organismo alertó que la iniciativa pretende considerar como delitos comunes las graves violaciones cometidas antes de la vigencia del Estatuto de Roma, contradiciendo la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que establece que estos crímenes son imprescriptibles.
Durante el debate, el congresista y general jubilado José Williams sostuvo que la ley debe considerar factores como la «exaltación del soldado en operaciones». Williams fue investigado anteriormente por presuntos crímenes de Estado registrados durante el conflicto interno. Fernando Rospigliosi defendió su iniciativa argumentando que responde a recomendaciones del Tribunal Constitucional. El legislador afirmó que la tipificación se aplica de forma irregular contra militares y policías.
*Antropóloga, docente e investigadora peruana, analista asociada al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)