Voto consular, una materia pendiente en Uruguay

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Carlos Flanagan

Uruguay es uno de los países más pequeños del continente; con 187.000 quilómetros cuadrados y una población de poco más de 3.444.000 personas.

Sin embargo debidos a un sinnúmero de avances sociales, desde finales del siglo XIX hasta el presente, como por ejemplo la instauración de la educación pública laica y gratuita a partir de 1877, la ley de 8 horas de trabajo en 1915, la separación de la Iglesia y el Estado en 1917, el sufragio femenino en1927, el haber tenido la primera mujer Senadora de la República en América Latina en 1947, y continuando en este siglo con la despenalización del aborto en 2012 y la ley de matrimonio igualitario en 2013, su imagen internacional es mucho más grande que su tamaño.Revista Anfibia | 🇺🇾 En Uruguay no existe el sufragio consular. En cada  elección, entonces, miles de uruguayos residentes en Argentina tienen que  cruzar el... | Instagram

En este contexto, resulta más inexplicable el hecho de que a la fecha no se haya contemplado el derecho inalienable de nuestros compatriotas residentes en el exterior del país a ejercer el sufragio sin tener que viajar al país, mediante el voto consular.

Surinam y Uruguay son los dos únicos países del continente que no aplican este instrumento que habilita el voto de los no residentes. En el caso de Uruguay es un hecho grave, ya que unos 600 mil compatriotas viven en el exterior, nada menos que el 17% de la población.

Existe un proyecto de ley de voto consular presentado en febrero del pasado año, cuya exposición de motivos respaldamos totalmente.

En proyecto de ley en sí que consta de 6 artículos, y se equipara a las disposiciones de la votación dentro de fronteras, en cuando a la obligatoriedad del voto y la elección mediante el mismo de la fórmula presidencial y miembros de ambas Cámaras del Poder Legislativo.

Entendemos que existen aspectos de orden práctico que impedirían en los hechos llevar adelante el proceso de votación, a saber: la gran distancia para muchos compatriotas de la oficina consular más cercana. En estos casos la obligatoriedad del voto agrava la dificultad para ejercer este derecho. Si tenemos en cuenta que en la pasada elección nacional se presentaron 1735 listas, sería imposible por motivos de costos y operatividad enviar miles y miles de hojas de votación a cada oficina consular en el exterior.

La discusión por el voto de los uruguayos en el exterior - Teledoce.comPor las razones antedichas y a los efectos que se pueda instrumentar el voto consular para las próximas elecciones nacionales, proponemos el texto que sigue. Será un agregado a la Sección III, Capítulo II Artículo 77 de la Constitución, luego de  “El sufragio se ejercerá en la forma que determine la Ley, pero sobre las bases siguientes:”

Para los ciudadanos residentes en el exterior del país, el voto será secreto y no obligatorio. Quienes así lo deseen, podrán ejercer el sufragio presentándose en el Consulado de la República más cercano a su lugar de residencia.

Podrán sufragar en plebiscitos y en elecciones nacionales en primera y en segunda vuelta si fuera del caso.
En la primera vuelta sólo podrán votar a la fórmula presidencial de un lema, computándose como un voto al lema. Estas papeletas específicas para el voto consular en las que se indicará cada lema y su correspondiente fórmula presidencial, serán proporcionadas a cada oficina consular por la Corte Electoral.

Para los ciudadanos residentes en el país: Continúa el texto vigente.

En síntesis, consideramos que ésta sería una forma sencilla y factible de saldar una ya pesada deuda con centenares de miles de nuestros compatriotas.

 

*Ex miembro de la Comisión de Asuntos y Relaciones Internacionales del Frente Amplio.Ex Embajador de Uruguay ante el Estado Plurinacional de Bolivia. Colaborador del Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico.

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